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El Consejo de Estado estudió una solicitud de suspensión provisional que se realizó dentro del medio de control de nulidad interpuesto contra el Decreto 1615 de 2021 del Gobierno Nacional, que dispone que es obligatorio presentar el carnet de vacunación para el ingreso a establecimientos públicos. Sin embargo, la petición de suspensión provisional del Acto Administrativo fue negada por el Alto Tribunal, quién determinó que las medidas establecidas en el decreto demandado estarán vigentes mientras se mantenga la emergencia sanitaria y hasta que no se emita un pronunciamiento de fondo sobre la nulidad.
Para el demandante, la exigencia de presentar el carnet de vacunación supone una discriminación injustificada entre vacunados y no vacunados, y desconoce el derecho al habeas data. Frente a la petición de suspensión provisional, el Consejo de Estado afirmó que el Decreto no limita los derechos fundamentales de los no vacunados de manera absoluta y que como ya había sido declarada la emergencia sanitaria, el Gobierno Nacional tenía la competencia y el fundamento legal para adoptar diversas decisiones sobre la contención de la pandemia de COVID-19. Además, dijo la Corporación que la exigencia de presentar el carné de vacunación para ingresar a establecimientos públicos permite garantizar la salud de toda la comunidad en un momento de crisis.