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El Ministerio de Hacienda precisó que las disposiciones del Decreto 1068 de 2015, no son aplicables a las entidades territoriales. Este Decreto regula los medios para que las entidades públicas de orden nacional depuren la cartera a su favor, cuando sea de imposible recaudo.
Por su parte, el procedimiento de saneamiento contable para las entidades territoriales está contemplado en la Resolución 193 de 2016 expedida por la Contaduría General de la Nación, a través de la cual se incorpora en los procedimientos transversales del Régimen de Contabilidad Pública el procedimiento para la evaluación del control interno contable.
De acuerdo con esta resolución, es obligación para las entidades territoriales contar con herramientas que tengan el fin de buscar la mejora de la información financiera. Entre las herramientas, se plantea la creación de un comité técnico de sostenibilidad contable y a su vez, la implementación de mecanismos, políticas y lineamientos de negocio, orientados a la depuración, progreso y perfeccionamiento de la información financiera.