El principio de la “no reformatio in pejus” no es absoluto en materia urbanística
12 agosto, 2022Consejo de Estado rechazó tutela que pretendía declarar conmoción interior por aumento del sicariato
26 agosto, 2022Empleados públicos deben ser desvinculados cuando se encuentren incluidos en nómina de pensionados
El Departamento Administrativo de la Función Pública aclaró, a través del concepto emitido el 29 de junio del 2022, que no es procedente que un empleado público se beneficie de la nómina pensional recibiendo dos asignaciones. En ese sentido, una vez la administradora de pensiones reconozca la pensión, el empleador podrá dar por terminado el contrato de trabajo.
El DAFP también resaltó el artículo 128 de la Constitución política que prohíbe recibir más de una asignación que provenga del tesoro público (el de la Nación, las entidades territoriales y las descentralizadas). Además, precisó que, en virtud de la jurisprudencia constitucional, los pensionados del sector público tienen que ser desvinculados de las entidades una vez sean incluidos en la nómina de pensionados.
Por otro lado, en el concepto se mencionaron las excepciones bajo las cuales un empleado público podría recibir más de una asignación, entre ellas: las percibidas por concepto de sustitución pensional y las que reciban los profesores universitarios que se desempeñen como asesores de la Rama Legislativa.