Entidades territoriales pueden incrementar dos veces en una vigencia fiscal, el salario de los empleados públicos
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6 diciembre, 2022Consejo de Estado precisó cómo se ejerce la autonomía de los entes territoriales en materia de desarrollo
La sección primera del Consejo de Estado indicó que la autonomía de las entidades territoriales está definida por los límites de la Constitución y la Ley. Por lo tanto, y de conformidad con los artículos 311 y 313 de la Constitución Política, el ejercicio de la autonomía de los entes territoriales debe ir encaminada a construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo del territorio, adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas y reglamentar los usos del suelo.
Además, la Sala explicó que la función pública del ordenamiento del territorio municipal se realiza por medio de la acción urbanística de las entidades distritales y municipales, relacionadas con el ordenamiento territorial y la intervención del uso del suelo. Lo anterior se refleja definiendo los usos específicos, las intensidades de uso, la zonificación y localización de las actividades residenciales, la determinación de terrenos como objeto de desarrollo y construcción prioritaria, entre otros.