Entidades territoriales pueden solicitar desahorro de recursos excedentes del Fonpet
12 diciembre, 2022Alcaldías pierden competencia para liquidar unilateralmente el contrato una vez radicada la correspondiente demanda de controversias contractuales que persigue su liquidación judicial
26 diciembre, 2022Consejo de Estado modificó su jurisprudencia: entidades estatales pierden competencia para liquidar unilateralmente el contrato cuando se radica demanda de controversias contractuales que busca la liquidación judicial del contrato
El Consejo de Estado, en sentencia de 14 de septiembre de 2022 (consejero ponente: Fredy Ibarra Martínez), indicó que las entidades estatales pierden competencia para liquidar unilateralmente un contrato, cuando se ha radicado la demanda de controversias contractuales que persiga la liquidación judicial del contrato.
Al respecto, esta Corporación indicó que recientemente su jurisprudencia ha sido modificada con relación al plazo máximo que tienen las entidades estatales para liquidar unilateralmente los contratos estatales. Anteriormente se consideraba la fecha de notificación del auto admisorio de la demanda. No obstante, al día de hoy se debe tener en cuenta la fecha de radicación de la demanda con el fin de evitar abusos por parte de la entidad contratante.
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B; sentencia de 14 de septiembre de 2022; C.P. Fredy Ibarra Martínez, radicación: 25000-23-36- 000-2015-00325-01 (67167).