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A través del Decreto 420 expedido el 18 de marzo de 2020 por el Ministerio del Interior se impartieron instrucciones que deben ser tenidas en cuenta por los alcaldes y gobernadores en el marco de la emergencia sanitaria por causa del COVID-19.
Algunas de las instrucciones son:
- Prohibir el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio, desde las 6 de la tarde del jueves 19 de marzo hasta el sábado 30 de mayo.
- Prohibir las aglomeraciones y reuniones de más de 50 personas en el mismo plazo.
- Ordenar el toque de queda de niños, niñas y adolescentes desde el 18 de marzo hasta el 20 de abril.