Planes Territoriales de Desarrollo en Clave de Paz
19 junio, 2020Incentivos económicos para la promoción de iniciativas productivas, ambientales y sociales para el desarrollo comunitario
4 julio, 2020Seguridad y Convivencia Ciudadana
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2.7.1.1.16 del Decreto 1066 de 2015, las alcaldías deberán convocar al Comité Territorial de Orden Público para la aprobación del Plan Integral de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
Cabe recordar que este se encuentra integrado por “el Comandante de la Guarnición Militar o quien haga sus veces o su delegado, el Comandante de la Policía, el Director Seccional de la Unidad Nacional de Protección (UNP) o su delegado operativo y/o la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, según corresponda, el Director Seccional del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación, el Gobernador o el Alcalde Municipal, según el caso o como su delegado el Secretario de Gobierno o quien haga sus veces, quien lo presidirá” (Artículo 2.7.1.1.17 Decreto 1066 de 2015).